Duración máxima de la situación de I.T.

Las situaciones de incapacidad temporal debidas a enfermedad común o profesional y accidente, sea o no de trabajo, mientras el trabajador reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y esté impedido para el trabajo, tendrán una duración máxima de 365 días, prorrogables por otros 180 días más cuando se presuma que durante ellos puede el trabajador ser dado de alta médica por curación. Sigue leyendo

Empleados de Hogar en el Régimen General de S.S.

La ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, establece, a partir del 1 de enero de 2012, la integración del Régimen Especial de la Seguridad Social de Empleados de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, mediante el establecimiento de un sistema especial para dichos trabajadores. Sigue leyendo

Vuelve el Impuesto sobre el Patrimonio

Suponemos que ya se habrán enterado por los medios de comunicación del culebrón impositivo del verano, me refiero a la “reactivación” del IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO. Pues bien, el Gobierno, mediante el Real Decreto-Ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal, se ha permitido reactivar un impuesto con efectos retroactivos para este año 2011, ya que no estaba previsto hacerlo antes de iniciar el ejercicio. Veremos que dicen en un futuro los tribunales sobre ello, si hay alguien que no estuviera de acuerdo en pagarlo. Sigue leyendo

Medidas para la promoción de empleo de jóvenes

El pasado 30 de agosto fue publicado en el BOE el Real Decreto Ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. A continuación, se detallan las novedades más significativas: Sigue leyendo

Cuando se «suspende» la prestación por desempleo

Según el artículo 212 apartado 1 d) de la LGSS “el derecho a la percepción de la prestación por desempleo se suspenderá por la entidad gestora en los siguientes casos: d) Mientras el titular del derecho realice un trabajo por cuenta ajena de duración inferior a doce meses, o mientras el titular del derecho realice un trabajo por cuenta propia de duración inferior a veinticuatro meses.” Sigue leyendo